Tuesday, November 27, 2007

(Mais) uma visão de esquerda sobre a nova constituição venezuelana

"En defensa de la soberanía y de los trabajadores, votamos por el NO - Venezuela y la Reforma Constitucional", texto da "União Socialista dos Trabalhadores" (este é que acho que é mesmo "a FER venezuelana").

Uma passagem:

LA REFORMA CONSTITUCIONAL QUITA DERECHOS Y AMPLIA LOS ELEMENTOS BONAPARTISTAS

a) Restringe la posibilidad de los referendos al aumentar el porcentaje de participación de los electores. Todos los referendos pasarán a exigir una mayor participación de electores, disminuyendo de esa manera, la posibilidad de participación popular. Vean los cambios:

Tipo de Referendo Constitución de 1999 - % de participación de electores Reforma Constitucional - % de participación de electores
Referendo Consultivo
10 20
Solicitud de Referendo Revocatorio
20 30
Referendo Revocatorio
25 40
Referendo Aprobatorio
25 30
Referendo para abrogar leyes
10 30
Referendo para abrogar decretos leyes que dicte el Presidente
5 30

b) El Presidente podrá designar el Primer Vicepresidente y los Vicepresidentes que estime necesario: En la Constitución vigente, el Presidente de la República tiene la potestad de nombrar al Vicepresidente Ejecutivo. En la nueva Constitución además de mantener esa figura que ahora se llamará Primer Vicepresidente, el Presidente de la República podrá nombrar Vicepresidente, cuando estime necesario, que actuarán en el ámbito de las regiones. (Articulo 225). Eso significa que donde el Gobierno pierda las elecciones Estadales, el Gobierno seguirá ganando pues podrá nombrar sus Vicepresidentes contra la voluntad popular. En la actualidad el chavismo controla 21 de los 23 Estados. Pero en el próximo año habrá elecciones y no se descarta la posibilidad de que las masas cansadas de gobernadores ineptos opten por el cambio. Donde haya cambios, el chavismo seguirá mandando, ahora no con sus gobernadores, pero con esa figura anómala creada por la nueva constitución denominado Vicepresidente. En síntesis la voluntad de cambio de la población, al no empalmar con los designios del bonapartista Chávez, será castigada con la presencia de esos nuevos personajes. Este engendro, según dicen los que frecuentan Miraflores, es una contribución de la estalinista Martha Harnecker y su "enfant terrible" Haiman El Troudi, ambos del círculo de asesores más cercano del presidente.


c) El Presidente podrá decretar Regiones Militares Especiales: Una de las grandes novedades de la Reforma Constitucional propuesta por Hugo Chávez es la creación de las regiones estratégicas de defensa y podrá decretar autoridades especiales. El articulo 11 dice: "El Presidente podrá decretar Regiones Estratégicas de Defensa a fin de garantizar la soberanía, la seguridad y defensa en cualquier parte del territorio y espacios geográficos de la República. Igualmente, podrá decretar autoridades especiales en situaciones de contingencia, desastres o cualquier otra que requiera la intervención inmediata y estratégica del Estado"

Recientemente en la huelga de los trabajadores de Toyota, en Cumaná, según el gobernador local, el Ministro del Trabajo pidió autorización para enviar tropas de la FAN, para acabar con la huelga. Ahora, ya no será necesario pedir permiso al gobernador, bastará decretar la zona como Región Estratégica de Defensa. Los que han vivido la despiadada represión ilegal en febrero de 1989, con más de 3.000 muertos, ahora podrán verla de nuevo, pero ya no como algo ilegal, y sí con rango constitucional. Pero ¿Quién dará rango constitucional para la represión? ¡El Socialismo del Siglo XXI, la llamada revolución bonita!

d) Los estados de excepción (articulo 337), se mantiene la redacción anterior que dice: "podrán ser decretados por el Presidente y Consejo de Ministros, en las circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico, que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones y de los ciudadanos" . Pero hay un cambio significativo en los derechos individuales. En la actual Constitución se dice: "En los estados de excepción (no) podrán ser restringidas el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles". En la propuesta de reforma Constitucional planteada por el chavismo desaparece los llamados: derechos humanos intangibles. Vean la nueva redacción: "En los estados de excepción (no) podrán ser restringidas la desaparición forzosa, el derecho a la defensa, a la integridad personal, a ser juzgado por sus jueces naturales y a no ser condenado a penas que excedan los treinta años"

e) El Presidente promueve a los oficiales de la Fuerzas Armadas Bolivarianas (FAB) en todos los grados y jerarquías: En la actual Constitución son atribuciones y obligaciones del Presidente de la Republica el de promover sus oficiales a partir del grado de Coronel o capitán de navío. En la nueva constitución se amplia el poder, pues ahora le toca "promover a los oficiales en todos los grados y jerarquías".

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